Notas en las RCAA2r: Mención de responsabilidad en grabaciones sonoras musicales
Para determinar la mención de responsabilidad en la catalogación de grabaciones sonoras musicales, la regla 6.1F1 de las RCAA2r indica que únicamente deben registrarse como autores quienes se encuentren involucrados con la creación del contenido intelectual de la obra, es decir, los compositores que tengan responsabilidad artística sobre la obra.
Otras menciones de responsabilidad también pueden registrarse, pero únicamente en el área de notas.
Para esto, la regla 6.7B6 determina que las participaciones que se limitan a la actuación, interpretación y ejecución instrumental (cantantes, instrumentistas, etc.), sólo pueden ser consignadas en una nota de menciones de responsabilidad, junto con el medio de ejecución o instrumento musical utilizado en la grabación.
De acuerdo al formato Marc21, esta nota se registra en un campo 511 de Nota de participante, y se redacta de la siguiente manera:
| 511 |
0# $a Horacio Lavandera, piano ; Carlos Céspedes, clarinete |
| 511 |
0# $a Voces: Arnaldo Atunes, Carlinhos Brown |
| 511 |
0# $a Goran Bregovic, trombón ; Kayah, voz |
| 511 |
0# $a Yo-Yo Ma, violonchelo |
